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Permiso de Edificación y Reedificación

Solicitar el permiso que legitime la ejecución de los siguientes actos: Creación, renovación o cambios de las obras de construcción dentro del territorio municipal.

¿Qué necesito?
  • Copia autenticada del Pacto de Asociación, si es persona jurídica

  • Actuar por Representación

    En el caso de que se actúe por representación, se deberá aportar copia de la cédula o pasaporte de ambos (quién autoriza y el autorizado), o, en su defecto, rellenar el formulario de Declaración Jurada.

  • Solicitud de Edificación y Reedificación

  • Original y copia de Cédula de identidad personal, si es persona natural.

  • Planos de la edificación o reedificación

  • Croquis de ubicación de la edificación o reedificación

  • Original y copia de Documento de Aprobación de la Junta Comunal

  • Original y copia de Resolución o títulos, si aplica

  • Documento Escrito - Permiso de Edificación y Reedificación

    Toda petición que se formule a la Administración Pública para que ésta reconozca o conceda un derecho subjetivo, debe hacerse por escrito y contendrá los siguientes datos:   1. Funcionario u organismo al que se dirige. 2. Nombre y señas particulares de la persona que presenta el escrito, que deben incluir su residencia, oficina o local en que puede ser localizada y, de ser posible, el número del teléfono y de fax respectivo. 3. Lo que se solicita o pretende, indicando: Tipo de obras: nueva construcción, ampliación, reforma o rehabilitación; lugar de las obras; datos del promotor o constructor de la obra y plazo de ejecución de las obras. 4. Pruebas que se acompañan y las que se aduzcan para ser practicadas, si procede. 5. Lugar, fecha y firma de la persona interesada o representante.

Observación


Interesados:

Cualquier persona física o jurídica, pública o privada, que se proponga realizar obras sometidas a licencia, así como  cualquier persona física o jurídica que explote o posea la instalación en la que se vaya a realizar la obra.

Plazo Máximo de Resolución:

Treinta días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la presentación de la solicitud, salvo los supuestos de excepción establecidos en la ley.

Plazo de Presentación:

En cualquier momento, una vez el interesado tenga toda la documentación obligatoria solicitada.

Efectos del Silencio Administrativo:

La persona interesada podrá entender desestimada su solicitud por silencio administrativo transcurrido el plazo máximo de dos meses sin haberse notificado la resolución.

Base Legal

Ley No. 38, de 31 de julio de 2000, por el que se aprueba el Estatuto Orgánico de la Procuraduría de la Administración, regula el Procedimiento Administrativo General y dicta disposiciones especiales.   Ley No. 106, de 8 de octubre de 1973, sobre Régimen Municipal.

Dirección y Horario de atención
Dirección

Ver dirección en la página del Municipio.