Trámite a través del cual se expide una autorización pra operar como compañía de seguros una vez se cumplan con los requisitos que se detallan a continuación. Una vez autorizada la protocolización del pacto social, en notaría y la inscripción en el Registro Público, el solicitante deberá presentar en un término máximo de noventa (90) días los documentos relacionados a: Certificado con los datos de Inscripción expedido por el Registro Público*, en caso de empresas ya constituidas, un Estado de Situación con cierre a un máximo de noventa (90) días calendario anteriores a la fecha de la solicitud, debidamente certificado por contadores públicos autorizados independientes e idóneos en la República de Panamá.**
¿Qué necesito?
Poder y solicitud mediante abogado.
Certificación de los accionistas o socios de la empresa, firmada por el Secretario o Tesorero de ésta. Si los accionistas o socios son personas naturales dueñas de las acciones o cuotas sociales.
Presentar documentación sobre la composición de la Junta Directiva, con las respectivas hojas de vida y cartas de referencia.
Póliza y planes de seguros, notas técnicas actuariales que sustenten las tarifas de todos los ramos de seguros en que operará; los valores garantizados de los seguros de vida y la descripción de los procedimientos del cálculo de la reserva matemáti
El programa de reaseguro con que la empresa solicitante inicia operaciones.
Un estudio de factibilidad, que comprenda un análisis del mercado y que proyecte los objetivos de la empresa solicitante a corto, mediano y largo plazo.
Las empresas que soliciten autorización para operar, deberán constituir en efectivo un capital mínimo de B/. 2,000,000.00. El cual deberá mantenerse en todo momento libre de gravámenes.
Certificado con los datos de Inscripción expedido por el Registro Público.
Certificación de que ha sido debidamente autorizada para operar una sucursal en la República de Panamá en los ramos a los que se dedica en su país de origen.
Borrador del pacto social en la cual debe constar el nombre, objetivos, directores, dignatarios, representante legal, domicilios, capital autorizado, emisión de las acciones nominativas, agente residente, suscriptores y demás elementos.
Debe ser confeccionado por un abogado.
Información Adicional
Titulo de la información
Dirección y Horario de atención
Dirección
Área Bancaria, Superintendencia de Seguros y Reaseguros
Teléfono: 214-7484
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